Saltar al contenido
lunes, 7 de septiembre de 2026
Vadeamos

Política y economía de México, con fuentes

Política

La reforma judicial cumple un año: qué muestran los primeros datos

El 1 de septiembre se cumplió un año desde que tomaron posesión los primeros jueces electos por voto. El calendario ya se movió, el Tribunal de Disciplina ya sanciona y el debate sobre independencia judicial sigue abierto.

Publicado el

  • reforma judicial
  • poder judicial
  • tribunal de disciplina judicial
  • suprema corte

El 1 de septiembre de 2026 se cumplió un año desde que tomaron posesión las primeras personas juzgadoras electas por voto popular en México. En el ámbito federal fueron 881 cargos renovados en la elección de junio de 2025: nueve ministras y ministros de la Suprema Corte, 474 magistraturas, 386 juzgados, cinco integrantes del Tribunal Federal de Disciplina Judicial y dos de la Sala Superior del Tribunal Electoral. Además, 19 entidades federativas renovaron total o parcialmente sus poderes judiciales locales.

Un año sigue siendo un plazo corto para juzgar un cambio de este tamaño. Pero ya no es cero: hay decisiones tomadas, un calendario que se movió y un órgano disciplinario funcionando. Esto es lo que se puede constatar hasta ahora, sin adelantar el veredicto de fondo.

Si llegas sin contexto, primero conviene leer nuestro explicador de la reforma, que resume qué cambió y por qué.

El calendario de la reforma ya se modificó

La reforma de 2024 fijaba que la otra mitad de los cargos judiciales se renovaría por voto en 2027. Eso ya no va a pasar en esa fecha.

El 20 de mayo de 2026 el gobierno de Claudia Sheinbaum envió al Congreso una reforma constitucional para recorrer esa segunda elección de 2027 a 2028. El argumento operativo lo puso el propio INE: era inviable organizar dos procesos de esa magnitud el mismo año en que se eligen 17 gubernaturas, la Cámara de Diputados, congresos locales y ayuntamientos. El Senado la aprobó el 28 de mayo con 87 votos a favor y 40 en contra.

La misma reforma introdujo cambios que no son solo de fecha: un examen de admisión para las candidaturas, una Comisión Coordinadora que decide quién cumple los requisitos para aparecer en la boleta, y una boleta más corta con menos candidaturas. En los hechos, es un reconocimiento de que el diseño original de 2024 tenía fallas de operación que hubo que corregir sin tocar su mandato central —elegir jueces por voto.

El Tribunal de Disciplina Judicial ya está sancionando

El Tribunal de Disciplina Judicial —el órgano nuevo que la reforma creó para investigar y, en su caso, destituir a personas juzgadoras— entró en funciones y ya tiene procedimientos abiertos.

De acuerdo con Expansión Política, para julio de 2026 el Tribunal había suspendido a 53 personas de la carrera judicial dentro de procedimientos todavía sin concluir. El punto que encendió las alarmas es el motivo: no se trata, en esos casos, de corrupción ni de irregularidades administrativas, sino del contenido de las sentencias. En particular, resoluciones que dejaron de aplicar la prisión preventiva oficiosa —la que obliga a mantener en prisión a una persona durante todo el proceso por ciertos delitos, aun sin condena— y amparos concedidos contra partes de la propia reforma judicial.

Entre los casos reportados: dos magistradas suspendidas en el expediente del exgobernador de Tamaulipas Eugenio Hernández, y el juez Juan Fernando Alvarado López, inhabilitado un año y vinculado a proceso en el caso del exgobernador de Tamaulipas Francisco García Cabeza de Vaca. Hasta esa fecha, el único procedimiento contra una jueza electa —y no de carrera— era el de Aneshuarely Riojas Orozco, señalada por dictar prisión domiciliaria a un presunto feminicida pese a estar recusada del caso.

Asociaciones de juzgadores como la AMJAC y la Jufed advierten dos cosas: que la vara con la que se mide a los jueces de carrera y a los electos no es la misma, y que sancionar el sentido de las resoluciones abre la puerta a “controlar las resoluciones de manera centralizada” antes de la elección de 2028. Es exactamente el riesgo que planteamos en esta columna: un órgano con facultad de destituir y sin una instancia externa que revise sus decisiones.

Los vicios que la reforma prometía cerrar

El diagnóstico que impulsó la reforma era que el viejo modelo protegía opacidad, tráfico de influencias y captura del Poder Judicial. A un año, una investigación de REFORMA —reproducida por otros medios— sostiene que varios de esos problemas siguen presentes con los jueces electos: abogados de personas ligadas al narcotráfico que hoy son juzgadores, resoluciones que favorecen al gobernador que impulsó la candidatura, y funcionarios con militancia partidista en el cargo.

Los ejemplos que cita incluyen a la jueza Tania Virginia Neri, en Nuevo León, que concedió un amparo al gobernador Samuel García —quien la había respaldado en la elección—, y a la jueza María de los Ángeles Padrón, que ordenó la liberación de un hombre acusado de huachicol. El constitucionalista Diego Valadés ha señalado un riesgo estructural distinto: que jueces que permanecen nueve años en la misma plaza quedan más expuestos a la presión del crimen organizado local.

Conviene leer esos casos con cuidado: son señalamientos periodísticos y de especialistas, no sentencias firmes, y un puñado de ejemplos no prueba por sí solo una tendencia. Pero tampoco son el resultado que prometía la reforma.

La defensa oficial

Del otro lado, quienes respaldan el cambio sostienen que un año es demasiado pronto para un balance y que la legitimidad de origen ya cambió. La ministra Lenia Batres, al cumplir un año en el cargo, defendió que México es “el primer país del mundo en establecer como único mecanismo de designación de sus personas juzgadoras el mecanismo democrático”, y ubicó la reforma en una tradición que se remonta a la elección indirecta de ministros en la Constitución de 1857.

El punto de fondo de esa postura: los defectos de operación se corrigen —como ya se hizo con la reforma de mayo—, pero la decisión de que la ciudadanía elija a sus jueces no está a discusión.

Qué conviene seguir

Tres cosas dirán más que cualquier declaración en el próximo año:

  • Las reglas de la elección de 2028: si el examen de admisión y la Comisión Coordinadora elevan de verdad el nivel de las candidaturas, o se vuelven un filtro político.
  • A quién sanciona el Tribunal de Disciplina y por qué: si sus procedimientos se concentran en corrupción y conducta, o en el sentido de las sentencias.
  • Si el Tribunal de Disciplina recibe contrapesos: alguna vía de revisión externa a sus destituciones, que hoy no existe.

Este artículo se actualizará conforme avance el calendario hacia 2028 y se resuelvan los litigios que la reforma sigue generando. Revisa la fecha de última actualización al inicio del texto.