La reforma judicial: qué cambió al elegir jueces por voto popular
Desde 2025, ministras, magistrados y jueces en México se eligen por voto directo en vez de ser designados. Esto es lo que cambió y lo que sigue en disputa.
Lo que hay que saber
- Desde la reforma de 2024, ministros de la Suprema Corte, magistrados y jueces federales se eligen por voto popular; los estados deben hacer lo mismo con sus jueces.
- La Suprema Corte bajó de 11 a 9 integrantes, y un nuevo Tribunal de Disciplina Judicial investiga y sanciona a los jueces.
- La primera elección, en junio de 2025, renovó toda la Corte y la mitad de los jueces federales; la otra mitad se votará en 2028.
En septiembre de 2024, el Congreso de la Unión aprobó una reforma constitucional que cambió de fondo la manera en que México elige a las personas que imparten justicia. El cambio central: en lugar de ser designadas o ratificadas por otros poderes, las ministras y ministros de la SCJN (Suprema Corte de Justicia de la Nación)El máximo tribunal del país y cabeza del Poder Judicial de la Federación.Ver en el glosario, magistradas, magistrados y jueces del Poder Judicial de la FederaciónEl conjunto de órganos encargados de impartir justicia a nivel federal en México: la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, y los Juzgados de Distrito, entre otros.Ver en el glosario de la Federación —y, por mandato de la misma reforma, también los de los poderes judiciales estatales— se eligen mediante voto popular directo.1
Qué existía antes
Antes de la reforma, las personas juzgadoras federales llegaban al cargo por una combinación de nombramiento presidencial con ratificación del Senado (en el caso de la Suprema Corte) o por concursos internos de oposición administrados por el propio Poder Judicial (para jueces y magistrados de circuito). El argumento central de quienes impulsaron el cambio fue que ese modelo concentraba las decisiones en pocos actores y dificultaba la rendición de cuentas directa ante la ciudadanía.
Qué cambia con la reforma
Los elementos centrales del nuevo esquema son:
- Elección por voto directo de ministras, ministros, magistrados y jueces federales, organizada por el INE (Instituto Nacional Electoral)El organismo autónomo encargado de organizar las elecciones federales en México: credencialización, listas nominales, jornada electoral y cómputo de resultados.Ver en el glosario.
- Reducción del número de integrantes de la Suprema Corte, de once a nueve.
- Nuevos periodos y requisitos de elegibilidad. Las candidaturas las postulan los tres Poderes de la Unión, cada uno con un comité de evaluación, y cada aspirante presenta cartas de referencia.
- Creación de un Tribunal de Disciplina JudicialÓrgano creado por la reforma judicial de 2024, con facultades para investigar y sancionar a personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación por faltas administrativas, incluyendo la posibilidad de destituirlas.Ver en el glosario, con facultad de investigar y sancionar a personas juzgadoras.1
La primera elección judicial bajo este esquema se realizó el 1 de junio de 2025. Renovó a los nueve integrantes de la Suprema Corte, al Tribunal de Disciplina Judicial y a la mitad de los magistrados de circuito y jueces de distrito.1 La otra mitad iba a elegirse en 2027, pero una reforma aprobada en mayo de 2026 pasó esa elección a 2028.2
El debate que sigue abierto
La discusión pública sobre la reforma no se cerró con su aprobación. Quienes la respaldan sostienen que acerca la justicia a la ciudadanía y rompe inercias de opacidad en el Poder Judicial. Quienes la cuestionan señalan riesgos para la independencia judicial frente a mayorías políticas y partidos, así como dudas sobre si el electorado cuenta con información suficiente para evaluar la trayectoria técnica de las candidaturas a cargos judiciales.
Este artículo se irá actualizando conforme avance el calendario de elecciones judiciales y se resuelvan los litigios constitucionales que la reforma sigue generando. Revisa siempre la fecha de última actualización al inicio del texto.
Fuentes
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